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Implantación del Mecanismo Rural de Garantía en España. Una iniciativa pionera

By 16 junio, 2021diciembre 27th, 2022No Comments

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‘Ruralizar las leyes’: una cuestión de justicia es el título de un artículo, publicado en el mes de febrero de este año, en el que se daba a conocer la aplicación del mecanismo Rural Proofing por primera vez en España. Este mecanismo, denominado en español “Mecanismo Rural de Garantía” (MRG), consiste en “revisar con lentes rurales” las políticas y la legislación impulsadas por los distintos niveles de gobierno con el objetivo de garantizar que no generen impactos lesivos para los municipios y comunidades rurales. Aunque no es muy conocido, hay varios países de nuestro entorno que ya lo aplican como es el caso de Suecia, Finlandia o Reino Unido.

Las comunidades rurales, además de adolecer de una serie de problemáticas específicas (por ejemplo, la despoblación o el acceso limitado a los servicios), se caracterizan por su singularidad territorial en términos de organización, recursos, demografía y hábitos. Por ello, la pertinencia y la relevancia del mecanismo han sido puestas de manifiesto por la propia Comisión Europea que promueve su aplicación desde la publicación de la Declaración de Cork 2.0 “Una vida mejor en las áreas rurales” (2016). Para la Comisión, el MRG es un instrumento básico que permite aumentar la prosperidad en los territorios rurales y equilibrar su desarrollo con respecto a los territorios urbanos. En la Comunicación sobre El futuro de los alimentos y de la agricultura (2017), la Comisión formaliza su compromiso con la promoción de este mecanismo y su aplicación a las políticas y estrategias de la Unión Europea.

El proyecto Rural Proofing, impulsado por El Hueco en colaboración con el Gobierno de Navarra y la Federación Española de Municipios y Provincias, persigue aplicar este mecanismo con carácter piloto en nuestro país. Un avance de los resultados de este trabajo fue presentado recientemente en Presura 2020, la IV Feria Nacional para la Repoblación de la España Rural. En el proyecto participa un grupo de 100 personas (G100), expertas por su conocimiento o experiencia en distintos ámbitos, que trabajan en 15 áreas estratégicas de forma colaborativa. Algunos de los miembros del Instituto de Derecho y Gobierno Local de la Universidad Autónoma de Madrid participamos en la iniciativa, lo que nos permite trabajar mano a mano, con compañeras y compañeros que se encuentran en lugares muy distantes entre sí, con el objetivo de identificar problemas y aportar posibles soluciones.

Para entender mejor la importancia del mecanismo y conocer cómo trabajamos, me gustaría compartir algunos de los casos identificados por el grupo de trabajo en el área estratégica de Contratación Pública[1].

Como cabría esperar, la ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP) tiene un gran impacto en el ámbito rural. Por ejemplo, el artículo 64 de la LCSP establece una serie de principios para luchar contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses. Este último se refiere cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación tenga directa o indirectamente un interés económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de licitación. Es decir, a tenor literal de la norma, bastaría la mera apariencia para incurrir en conflicto de intereses. Ahora bien, que en los pequeños municipios prácticamente todas las empresas del pueblo tienen algún pariente o amigo en la Corporación Municipal es una realidad. Por ello, una aplicación literal de este artículo conllevaría que el Ayuntamiento nunca pudiese contratar con los empresarios locales. La cuestión tiene una gran incidencia en las oportunidades de desarrollo económico y social en este tipo de territorios.

Otro caso tiene que ver con los requisitos técnicos para la contratación pública que exige la LCSP. Por ejemplo, la necesidad de elaborar estudios de mercado, la separación entre la figura del responsable del contrato y el gestor del expediente administrativo, el requerimiento de que exista una mesa de contratación, la evaluación técnica de los informes, o las dificultades de conectividad (toda la gestión es telemática) o la formación para la utilización de la plataforma de contratación del sector público. En estos casos, estos territorios están casi obligados a acudir a otras administraciones (por ejemplo, las centrales de contratación) para suplir estas carencias.

La convivencia con regímenes o normativas singulares del ámbito rural constituye otro ámbito problemático. Este es el caso de la venta de madera, una actividad común en el entorno rural, que trae beneficios al territorio a partir de la implicación de diferentes agentes sociales en el cuidado de los bosques y la custodia del patrimonio natural. La normativa aplicable a la operación es variada, no solo la LSCP, sino también la Ley patrimonial, de Montes, etc. Sin embargo, articular esta convivencia normativa no resulta fácil.

Un último caso se refiere a la inclusión de cláusulas sociales y ambientales en los contratos. La mayoría de los municipios pusieron su mirada en el objetivo del empleo de colectivos en situación de exclusión como uno de los preferentes. A tal fin, desarrollaron instrucciones destinadas a “promover el empleo de personas con dificultades particulares de inserción”. Sin embargo, tanto su implementación como sus resultados son cuestionables, ya que no garantizan la inserción en la empresa adjudicataria ni mejoran la autoestima de este colectivo. Además, las limitaciones de las plantillas en el ámbito rural hacen difícil realizar una evaluación del alcance real de este objetivo.

Algunas de estas problemáticas y sus posibles soluciones han sido recogidas en los documentos del proyecto, que están disponibles en su web. El trabajo de los grupos demuestra que revisar la normativa con “lentes rurales” no solo es pertinente, sino que es un ejercicio debido en aras de garantizar la justica territorial. Sin embargo, aún queda camino por delante. No obstante, iniciativas pioneras como esta contribuyen a generar conocimiento y a visibilizar la singularidad de los municipios y las comunidades rurales, poniendo de manifiesto que, en materia de políticas y normativas, la naturaleza de los territorios, efectivamente, importa.

[1] El grupo de Contratación Pública de Rural Proofing está formado por: Álvaro Eguíluz Urizarna (Belorado, Burgos); Gonzalo Brun (Zaragoza); Mª Jesús Lafuente Molinero (Soria); Raúl Contreras Comeche (Valencia); Susana Castanera Gómez (Allo, Navarra); Vanessa García Macarrón (Soria) y Moneyba González Medina (Madrid).

Moneyba González Medina

Profesora Ciencia Política IDL-UAM

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