
Laberinto de setos del Parque Juan Carlos I de Madrid
La figura del indefinido no fijo fue producto de una larga y variante construcción jurisprudencial como consecuencia jurídica para la contratación temporal irregular en las administraciones públicas, donde la sanción impuesta por la norma laboral es la conversión del contrato temporal en indefinido. De esta forma, el Tribunal Supremo encontró una solución que permitía conciliar, por una parte, la responsabilidad de la Administración como empleadora por el abuso de las reglas de contratación temporal, y por otra, los principios de acceso al empleo público que no permiten otorgar al trabajador contratado de forma irregular la condición de fijo de plantilla.
La aplicación de la doctrina de los indefinidos no fijos ha sido pacífica en las resoluciones judiciales que se han pronunciado sobre irregularidades en la contratación temporal de la Administración. Sin embargo, no ha sido así en el reconocimiento de esta figura en las empresas públicas. Basta con hacer un recorrido por los distintos pronunciamientos de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo sobre esta materia para ver los vaivenes que ha sufrido esta cuestión que se ha convertido en verdadero laberinto de pronunciamientos judiciales contradictorios.