STS 708/2021. En el ámbito de una impugnación indirecta de una disposición general, que únicamente se limita a actualizar el importe de las cuotas tributarias, la impugnación indirecta solo podrá referirse a ese punto en que la ordenanza modifica la ya existente.
STS 275/2021. Solo cuando un texto normativo incluya contenido u omisiones que pudiesen generar confusión o dudas, dando lugar a una incertidumbre insuperable, podría considerarse que la norma infringe el principio de seguridad jurídica.
STS 193/2021. La tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo y vías públicas municipales es compatible con el canon concesional satisfecho por la concesión municipal del servicio público en cuestión.
STS 1759/2020. Los informes técnico-económicos exigidos por la LHL pueden considerarse motivados aun cuando se remitan a otra disposición de carácter general. Asimismo, en los supuestos de aprovechamiento especial de bienes del dominio público no cabe imponer un tipo de gravamen del 5% sobre la base de la tasa.
STS 1737/2020. Las cuotas o costes con destinos específicos del Sistema Eléctrico Nacional deben ser excluidas de los ingresos brutos sobre los que aplicar el porcentaje del 1,5%, a efectos del cálculo de la tasa por utilización privativa o aprovechamientos especiales del vuelo, suelo y subsuelo del dominio público local.
STS 1501/2020. Es válido que una ordenanza fiscal sobre tasas relativas a instalaciones de transporte de energía cuantifique su importe mediante la remisión a una Orden Ministerial y a la ponencia de valores correspondiente.
STS 945/2020. Los ayuntamientos no pueden crear tasas por actividades locales cuyo desempeño no se prevea por ley o que no sean sustancialmente semejantes a las actuaciones y servicios del art. 20.4 TRLHL.
STS 1099/2019. Es conforme a derecho el establecimiento de una contraprestación provisional por uso privativo del dominio público hasta que el Ayuntamiento apruebe la ordenanza fiscal correspondiente.
Como es sabido, los ayuntamientos pueden establecer tasas por (i) la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local y, también, por (ii) la prestación de servicios públicos o la realización de actividades administrativas de competencia local que se refieran, afecten o beneficien de modo particular a los sujetos pasivos.
Dentro de esa segunda categoría, el artículo 20.4 TRLRHL dispone que las entidades locales podrán exigir tasas “por cualquier supuesto de prestación de servicios o de realización de actividades administrativas de competencia local, y en particular por los siguientes”, mencionando seguidamente un total de 27 supuestos distintos que cumplen una función ejemplificativa y no constituyen un listado cerrado.
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