Jurisprudencia

TS- Urbanismo

STS 1369/2021. La doctrina jurisprudencial en esta materia es de aplicación en determinados supuestos de liquidaciones tributarias, en concreto se ha desarrollado la doctrina en liquidaciones del IBI y del IIVTNU, sin proyección alguna en el estricto ámbito de la gestión catastral.

STS 1369/2021 de 24 de noviembre.  Se interpone recurso de casación por dos sociedades mercantiles contra la sentencia dictada por el TSJ de la Comunidad Valenciana contra la desestimación presunta de la reclamación económico-administrativa frente a la desestimación presunta presentada ante la Gerencia Territorial del Catastro de Castellón.

La cuestión principal se centra en aclarar la jurisprudencia en relación con la valoración catastral de bienes inmuebles a efectos de IBI en casos de anulación de planes urbanísticos o de falta de desarrollo urbanístico.

El TS recurre a la jurisprudencia y normativa aplicable al caso y dispone que, la interpretación conjunta de los artículos 61.3, 65, 77.1 y 5 del TRLHL, así como de los artículos 4 y 7.2 del TRLCI permite, mediante la impugnación de las liquidaciones por IBI y en las excepcionales circunstancias de este caso, discutir el valor catastral del inmueble (base imponible del impuesto), aun existiendo una valoración catastral firme en vía administrativa, excepcionalidad representada por una situación urbanística de absoluta inestabilidad, derivada de varios recursos jurisdiccionales, declaraciones de nulidad e intentos de subsanación a posteriori, en el marco de la anulación de las disposiciones que clasificaban un sector como suelo urbanizable, con incidencia directa sobre la consideración catastral como urbano o rústico del bien inmueble en cuestión -al comportar que los terrenos afectados volviesen a tener la clasificación de suelo no urbanizable de especial protección- en virtud de múltiples sentencias, algunas de las cuales, además, fueron dictadas con posterioridad al acto de alteración catastral, de manera que no pudieron ser invocadas frente a dicho acto por los interesados

Sin embargo, concluye el Alto Tribunal que la pretensión actuada consistió en esencia en la nulidad de la valoración catastral de los terrenos citados, dentro del estricto ámbito catastral, sin extenderlo al ámbito fiscal, lo que hace con desviación procesal en la interposición del recurso de casación; siendo evidente, y así se pone de manifiesto tanto en las sentencias referidas como en el propio auto de admisión, que la doctrina jurisprudencial en esta materia es de aplicación en determinados supuestos de liquidaciones tributarias, en concreto se ha desarrollado la doctrina en liquidaciones del IBI y del IIVTNU, sin proyección alguna en el estricto ámbito de la gestión catastral, disponiendo la regulación catastral de sus propios mecanismos para adaptar las valoraciones catastrales cuando se declara judicialmente la anulación del planeamiento. Por tanto, la doctrina jurisprudencial desarrollada se ha centrado únicamente en el ámbito de la gestión tributaria. En el caso que aquí ocupa los problemas suscitados se plantean estrictamente en el ámbito catastral.

En consecuencia, el TS desestima el recurso de casación interpuesto por las sociedades mercantiles contra las sentencias por el TSJ de la Comunidad Valenciana.

Texto completo en CENDOJ (Roj: STS 4453/2021 – ECLI:ES:TS:2021:4453).

 

 

Leave a Reply