{"id":186,"date":"2014-09-05T08:56:01","date_gmt":"2014-09-05T07:56:01","guid":{"rendered":"http:\/\/www.idluam.org\/blog\/?p=186"},"modified":"2018-10-22T16:27:09","modified_gmt":"2018-10-22T15:27:09","slug":"eleccion-de-alcalde-en-los-estados-unidos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.idluam.org\/blog\/eleccion-de-alcalde-en-los-estados-unidos\/","title":{"rendered":"Elecci\u00f3n de alcalde en los Estados Unidos"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\">\n<p style=\"text-align: left;\"><em>Por Francisco Velasco<\/em> y <em>Laurie Reynolds<\/em><br \/>\n<em>College of Law. University of Illinois at Urbana-Champaign<\/em><\/p>\n<p>Al hilo del reciente debate espa\u00f1ol sobre la elecci\u00f3n de alcalde, y como fuente de reflexi\u00f3n para ese debate, a continuacion se describen algunas notas relevantes sobre la elecci\u00f3n de alcalde en los Estados Unidos de America.<\/p>\n<p><!--more--><br \/>\nAntes de nada hay que precisar que el r\u00e9gimen local es, en los Estados Unidos, una cuesti\u00f3n de cada estado y de cada municipio. De ah\u00ed que en el conjunto del pa\u00eds convivan muy diversos modelos de organizaci\u00f3n y elecci\u00f3n municipales, sistematizados en tres tipos: \u201cmayor-council plan\u201d (donde se da un cierto equilibrio de poder entre el alcalde y el pleno municipal) \u201ccommission plan\u201d , muy minoritario en la actualidad y donde todo el poder municipal se ejerce por una comisi\u00f3n pol\u00edticamente plural; y el \u201ccouncil-manager plan\u201d (donde el alcalde, aunque puede existir, tiene una funci\u00f3n secundaria, ejerciendo el poder normativo y presupuestario el pleno y las funciones ejecutivas un directivo profesional, el llamado \u201ccity manager\u201d). Estos tipos de gobierno local est\u00e1n m\u00e1s o menos regulados en leyes de cada estado, y en ese marco de regulaci\u00f3n estatal es cada municipio quien opta por una u otra forma de gobierno. Y bien, la elecci\u00f3n de alcalde es un elemento m\u00e1s de la opci\u00f3n de gobierno que elige cada municipio. De manera que la elecci\u00f3n directa, o indirecta, est\u00e1 en funci\u00f3n directa de c\u00f3mo son los dem\u00e1s elementos de la forma de gobierno.<br \/>\nEn segundo lugar, tambi\u00e9n es importante destacar la posici\u00f3n relativamente secundaria de los partidos pol\u00edticos en la elecci\u00f3n de alcalde, si bien las diferencias de municipio a municipio en este punto son muy notables. La tradici\u00f3n local norteamericana centra las elecciones locales en candidatos individuales, elegido cada uno por un distrito y por medio de regla mayoritaria. No hay propiamente candidaturas de los partidos (ni para el conjunto del pleno municipal ni para cada distrito) aunque en ocasiones es obligatorio que cada candidato declare su filiaci\u00f3n pol\u00edtica. Hay ciudades, como Champaign (Illinois), donde incluso est\u00e1n prohibidos los candidatos de partidos. En general, cada candidato declara su orientaci\u00f3n o filiaci\u00f3n dem\u00f3crata o republicana. Y a su vez, los dos grandes partidos hacen p\u00fablico su apoyo a un candidato. Este apoyo de un partido es, sobre todo en las grandes ciudades, verdaderamente decisivo. As\u00ed, por ejemplo, en Chicago el apoyo oficial del Partido Dem\u00f3crata a un candidato es pr\u00e1cticamente determinante de su elecci\u00f3n. Y esto hace que, all\u00ed donde est\u00e1 permitido el apoyo de partidos a candidatos, sea normalmente necesaria una competici\u00f3n primaria e interna entre los candidatos quieren obtener el apoyo de un partido. Sin perjuicio de los muchos matices y variantes de esta cuesti\u00f3n, lo importante ahora es destacar que no son los partidos \u2013sino individuos concretos- quienes concurren a las elecciones. En algunas ciudades los partidos tienen vetada la posibilidad de proponer candidatos; e incluso all\u00ed donde es posible la participaci\u00f3n electoral de los partidos, esta no consiste en la presentaci\u00f3n de candidatos (menos a\u00fan de listas) sino en el apoyo a concretos candidatos que libremente \u2013no como decisi\u00f3n organizativa de una partido- deciden concurrir en las elecciones locales. Pero esto es algo culturalmente distinto a que \u2013como en Espa\u00f1a- el partido \u201celija\u201d a un candidato y lo ofrezca al electorado en una lista.<br \/>\nEn tercer lugar, seg\u00fan la tradici\u00f3n norteamericana el principio democr\u00e1tico (one vote-one person principle) naturalmente exige que los intereses de cada grupo de poblacion del municipio (cada distrito o ward) est\u00e9n representados por medio de un concejal en el gobierno municipal. La eleccion de concejales por el conjunto del electorado municipal (elecci\u00f3n \u201cat large\u201d) es vista por los tribunales como una posible limitaci\u00f3n del principio democr\u00e1tico, por lo que tiene ciertos l\u00edmites. Se entender\u00e1 que esto tiene mucho que ver con la realidad social norteamericana, donde las distintas razas y etnias se agrupan en distintos barrios (a veces, ghettos), y si no se reparten las concejal\u00edas entre distritos se corre el riesgo de que el grupo social mayoritario cope el gobierno de la ciudad, minusvalorando as\u00ed el valor del voto de los grupos minoritarios.<br \/>\nDe acuerdo con las precisiones anteriores, la elecci\u00f3n directa del alcalde est\u00e1 en conexi\u00f3n directa con las dem\u00e1s opciones fundamentales sobre el gobierno de cada ciudad. La elecci\u00f3n directa del alcalde, donde existe, es un contrapeso natural (sobre todo, aunque no s\u00f3lo, en el modelo \u201cmayor-council\u201d, a la atomizaci\u00f3n del inter\u00e9s municipal que naturalmente resulta de un pleno compuesto por concejales elegidos individualmente en cada distrito (no en listas de partidos).<br \/>\nDe lo anterior, y en lo que pueda servir de t\u00e9rmino comparativo para Espa\u00f1a, hay que subrayar que la forma de elecci\u00f3n de alcalde es una cuesti\u00f3n muy local, no uniforme para el conjunto del pa\u00eds o para cada estado. Depende de la estructura social de cada ciudad y del modelo concreto de gobierno del que se dote. Visto desde esta perspectiva, y a la luz del incipiente debate en Espa\u00f1a, desde la cultura jur\u00eddico-local norteamericana sorprenden varias cosas: la primera, que la \u201cregeneraci\u00f3n democr\u00e1tica\u201d que se invoca como justificaci\u00f3n de la reforma se concrete en formas que en, en realidad, aumentan el poder de los partidos (pues son estos quienes fijan el cabeza de la lista electoral que, si lidera la lista m\u00e1s votada, ser\u00e1 autom\u00e1ticamente proclamado como alcalde); tambi\u00e9n sorprende la elecci\u00f3n autom\u00e1tica del alcalde en un sistema, como el espa\u00f1ol, de circunscripci\u00f3n electoral \u00fanica (todo el municipio) donde, por tanto, el alcalde no es el contrapunto a los intereses de los distritos (representados cada uno por su concejal); y por \u00faltimo, llama la atenci\u00f3n que la reforma de la elecci\u00f3n de alcalde sea una pieza separada del r\u00e9gimen general de gobierno local, sobre todo de la distribucion de poder entre el pleno y el alcalde (algunas preguntas son aqui imprescindibles, como: el nuevo \u201calcalde de partido\u201d \u00bfpodr\u00e1 vetar el presupuesto o las ordenanzas municipales?).<br \/>\nEn suma, muchas dudas en un debate que no pueden resolverse en pocos meses. El gobierno local es algo serio donde las reformas tienen que ser medidas y tomadas con perspectiva sistem\u00e1tica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Francisco Velasco y Laurie Reynolds College of Law. 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