{"id":371,"date":"2016-02-17T10:18:21","date_gmt":"2016-02-17T09:18:21","guid":{"rendered":"http:\/\/www.idluam.org\/blog\/?p=371"},"modified":"2018-10-22T16:36:56","modified_gmt":"2018-10-22T15:36:56","slug":"la-renovacion-urbana-en-ee-uu-sofia-simou","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.idluam.org\/blog\/la-renovacion-urbana-en-ee-uu-sofia-simou\/","title":{"rendered":"La renovaci\u00f3n urbana en EE.UU. (I) (Sof\u00eda Simou)"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: center;\"><strong>La renovaci\u00f3n urbana en EE.UU. (I)<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">Sof\u00eda Simou<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><em>Instituto de Derecho Local-UAM<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Una exposici\u00f3n sistem\u00e1tica pero a la vez sint\u00e9tica de las t\u00e9cnicas de renovaci\u00f3n urbana m\u00e1s empleadas en Estados Unidos debe empezar por un breve comentario sobre las <strong>competencias de los gobiernos locales<\/strong> en materia urban\u00edstica en general.<br \/>\nEn un contexto pol\u00edtico y constitucional como el norteamericano, donde conviven tres niveles de gobierno -la Federaci\u00f3n, los Estados y los gobiernos locales-, la adopci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las normas (<em>law<\/em> en sentido material) que regulan el uso del suelo recaen, principalmente, sobre los \u00faltimos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><!--more--> El papel del gobierno federal en la regulaci\u00f3n de los usos del suelo est\u00e1 estrictamente limitado por la Constituci\u00f3n de los EE.UU. La caracter\u00edstica central de la distribuci\u00f3n constitucional de competencias se resume en que los Estados disfrutan de todos los poderes no delegados por la Constituci\u00f3n al gobierno federal. Como la regulaci\u00f3n de los usos del suelo no est\u00e1 entre los poderes otorgados por el constituyente al gobierno federal, este \u00faltimo no puede intervenir en esta materia al menos que se ampare en el t\u00edtulo competencial que recoge la cl\u00e1usula del comercio interestatal (art. I \u00a78 y art. VI de la <em>USC<\/em>). Por otra parte, los <strong>Estados<\/strong> poseen el <strong>poder de polic\u00eda para proteger y promover el objetivo del bienestar p\u00fablico<\/strong> en el cual se incluyen, naturalmente, la salud p\u00fablica y la seguridad. Al considerar que el <strong>uso del suelo<\/strong> tambi\u00e9n recae bajo el alcance de estos objetivos p\u00fablicos leg\u00edtimos un gobierno estatal en EE.UU. puede promulgar las leyes, reglamentos o c\u00f3digos necesarios para ordenar y controlar el uso del suelo. De lo anterior, sin embargo, se desprende que la legitimidad de la regulaci\u00f3n estatal y local de los usos del suelo en el sistema norteamericano se predica en relaci\u00f3n con su contribuci\u00f3n al bienestar general, definido por objetivos sociales como la salud p\u00fablica y la seguridad. Eso significa que las regulaciones del uso del suelo y, por extensi\u00f3n, de renovaci\u00f3n urbana que buscan exclusivamente el aumento del valor del suelo no tienen legitimidad aut\u00f3noma y deben ir siempre acompa\u00f1adas por argumentos que muestren los efectos positivos \u2013aunque sean indirectos- de los proyectos en el bienestar p\u00fablico.<br \/>\nEn el marco anterior, la mayor\u00eda de los Estados ha ido adoptando leyes urban\u00edsticas que permiten la <strong>delegaci\u00f3n de la competencia de regulaci\u00f3n del uso del suelo a los gobiernos locales<\/strong>. Sin embargo, es importante destacar que en un contexto de <strong>alta diversidad normativa y organizativa<\/strong> por la existencia de 50 Estados, no todos los municipios tienen el mismo <strong>margen normativo y ejecutivo en el \u00e1mbito de las pol\u00edticas p\u00fablicas de renovaci\u00f3n urbana<\/strong>. Eso depender\u00e1 en gran medida del sistema de atribuci\u00f3n competencial local que caracteriza cada Estado (siendo el <em>home rule<\/em> el m\u00e1s generoso con las competencias locales \u2013se permite todo lo que no se proh\u00edbe por la legislaci\u00f3n estatal como en California y Ohio- y siendo el <em>Dillon\u00b4s rule<\/em> el m\u00e1s estricto). As\u00ed, en los Estados donde rige la legislaci\u00f3n de \u201chome rule\u201d, que permite a los municipios adoptar sus propios estatutos y leyes dentro de los l\u00edmites delegados por su gobierno estatal, la competencia de los gobiernos locales en la regulaci\u00f3n de las pol\u00edticas p\u00fablicas urbanas se ve adem\u00e1s reforzada. En consecuencia, cada municipio o gobierno local tiene un alto grado de autonom\u00eda en la promulgaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de leyes y reglamentos de uso del suelo dentro de su propio territorio.<br \/>\nEn resumidas cuentas, al carecer de competencias formales en estos \u00e1mbitos, la <strong>Federaci\u00f3n<\/strong> \u2013y, espec\u00edficamente un comit\u00e9 del Departamento de Comercio- tom\u00f3 la iniciativa y dise\u00f1o dos <strong>leyes modelo<\/strong> (la <em>Standard State Zoning Enabling Act<\/em> en 1922 y la <em>Standard City Planning Enabling Act<\/em> en 1928) de asunci\u00f3n voluntaria por los Estados para as\u00ed incentivar la normaci\u00f3n estatal. Los <strong>Estados<\/strong>, de otro lado, han ido promulgando, por lo general,<strong> leyes muy abiertas y flexibles para orientar la normativa local<\/strong> \u2013urban\u00edstica y de reforma urbana-. En este sentido por ejemplo, el art. XVIII, \u00a7 1 de la <em>NY Constitution<\/em> permite de forma general que los gobiernos locales regulen la replanificaci\u00f3n, la reconstrucci\u00f3n y la rehabilitaci\u00f3n de una zona deteriorada o falta de higiene. Asimismo, el art\u00edculo 15 de la Ley General Municipal de Nueva York (<em>NYSGML<\/em>), junto con el art. 18-c que se dedica al desarrollo urbano, proporciona los fundamentos jur\u00eddicos detallados para la renovaci\u00f3n urbana. En esencia, el art\u00edculo autoriza a cada municipio para planificar y llevar a cabo uno o m\u00e1s proyectos de renovaci\u00f3n urbana y les da los poderes necesarios o convenientes para llevar a cabo y efectuar dicho proyecto. De esta manera, siempre dentro de los m\u00e1rgenes de la ley estatal, los <strong>gobiernos locales<\/strong> como mayores protagonistas e impulsadores de las reformas urbanas, est\u00e1n autorizados para: adoptar su propio <em>plan general<\/em> (<em>master plan<\/em> o <em>comprehensive plan<\/em>) que puede tener <strong>car\u00e1cter program\u00e1tico, indicativo y estrat\u00e9gico o prescriptivo y vinculante<\/strong> (su aprobaci\u00f3n no es obligatoria en todos los Estados); promulgar las <strong>ordenanzas de zonificaci\u00f3n<\/strong> (<em>zoning ordinances<\/em>) <strong>y desarrollo urban\u00edstico<\/strong> (<em>development, subdivision and control law<\/em>); y tambi\u00e9n <strong>crear organismos y agencias<\/strong> administrativas o cuasi judiciales para la aplicaci\u00f3n de las regulaciones anteriores. Por otra parte, debe destacarse que los <strong>propietarios tienen el derecho a iniciar la actividad urbanizadora<\/strong> (<em>as of a right<\/em>) y desarrollar lo estipulado en los planes o en las ordenanzas pero siempre dentro del margen de las regulaciones municipales. En definitiva, los mecanismos locales de planificaci\u00f3n de las ciudades y asignaci\u00f3n de los usos al suelo no son, por lo tanto, homog\u00e9neos sino que dependen primariamente de la <strong>orientaci\u00f3n pol\u00edtica del Estado<\/strong> as\u00ed como de la <strong>disponibilidad del suelo<\/strong> (en algunos Estados por ejemplo la especulaci\u00f3n es l\u00edcita por disponer de mucha superficie de suelo intratable mientras que en otros se combate por ser una t\u00e9cnica il\u00edcita).<br \/>\nPues bien, en el sistema urban\u00edstico actual de EE.UU. las <strong>colaboraciones p\u00fablico-privadas<\/strong> (las <em>public-private partnerships<\/em>) sirven como herramientas indispensables y son el motor dinamizador para la renovaci\u00f3n urbana. Dada la importancia de este proceso en todos los proyectos de reforma urbana \u2013proyectos aislados de rehabilitaci\u00f3n o proyectos m\u00e1s ambiciosos e integrales- todas las leyes urban\u00edsticas y de reforma urbana estatales y, sobre todo, locales incluyen el mecanismo de colaboraci\u00f3n p\u00fablico-privada en sus textos. Ahora bien, a menudo la inversi\u00f3n privada no resulta suficiente por s\u00ed misma y la activaci\u00f3n de este tipo de proyectos debe ir acompa\u00f1ada por inyecci\u00f3n de dinero p\u00fablico de otros niveles de gobierno (<strong>subvenciones p\u00fablicas<\/strong> por ejemplo a nivel federal: el <em>Community Development Block Grant Program<\/em> y el <em>Home Investment Partnership Program<\/em>, del D<em>epartment of Housing and Urban Development<\/em>). En este caso los programas locales de renovaci\u00f3n urbana de impacto significativo, pueden ser muy dispares en su implementaci\u00f3n real y el caso de cada municipio es ligeramente diferente. Tambi\u00e9n la <strong>flexibilizaci\u00f3n de est\u00e1ndares normativos<\/strong> para provocar y dinamizar la inversi\u00f3n privada resulta imprescindible. As\u00ed, en un proyecto t\u00edpico de renovaci\u00f3n urbana, el gobierno local designar\u00e1 y delimitar\u00e1 un distrito de la renovaci\u00f3n urbana (<em>blighted area<\/em>), adoptar\u00e1 un plan <em>ad hoc<\/em> para su ordenaci\u00f3n y seleccionar\u00e1 junto con los propietarios en un procedimiento negociado un promotor privado. Una vez que se haya determinado el promotor privado, el sector p\u00fablico ofrecer\u00e1 <strong>incentivos fiscales y regulatorios<\/strong> a trav\u00e9s de una variedad de herramientas administrativas y legales incluyendo en su caso el uso de su <strong>poder\/potestad expropiatoria<\/strong> (<em>eminent domain-condemnation<\/em>) para convencer e incentivar a\u00fan m\u00e1s el sector privado. En este sentido, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos en la Sentencia <em>Kelo v. City of New London 545 U.S. 469 (2005)<\/em> confirm\u00f3 que el poder del gobierno de dominio eminente es constitucional bajo la quinta Enmienda de la <em>USC<\/em>, incluso si las parcelas expropiadas se transfieren a un promotor privado. El Tribunal argument\u00f3 que el uso de la potestad expropiatoria se mantuvo dentro del significado de \u201cuso p\u00fablico\u201d porque del proyecto de renovaci\u00f3n urbana finalmente se beneficiar\u00eda, mediante la mejora de su base econ\u00f3mica y su revitalizaci\u00f3n, la Ciudad de <em>New London<\/em> que ha estado luchando contra el deterioro y el declive. Ahora bien, tambi\u00e9n es cierto que en otras sentencias posteriores, el Tribunal matiz\u00f3 esta conclusi\u00f3n y la asoci\u00f3 siempre a las caracter\u00edsticas de cada proyecto de renovaci\u00f3n urbana para que no se utilice la potestad expropiatoria como un mecanismo de promoci\u00f3n de intereses privados meramente econ\u00f3micos. Es m\u00e1s, esta Sentencia ha conducido a que la mayor\u00eda de los Estados proceda a la modificaci\u00f3n puntual de sus Constituciones o a la adopci\u00f3n de nuevas leyes para restringir el concepto de \u201cuso p\u00fablico\u201d en sus respectivos territorios y que \u00e9ste no se interprete tan ampliamente como en <em>Kelo<\/em>. Como consecuencia de lo anterior, la \u201creconstrucci\u00f3n econ\u00f3mica\u201d en varios Estados ya no se incluye dentro del objetivo leg\u00edtimo de \u201cuso p\u00fablico\u201d, lo que significa que los gobiernos locales pueden ver la flexibilidad de la que gozaban anteriormente para el uso de su potestad expropiatoria m\u00e1s reducida.<br \/>\nHasta este punto, se han expuesto algunos elementos generales de las competencias e instrumentos que ostentan los gobiernos locales para promover pol\u00edticas de renovaci\u00f3n urbana en EE.UU. En la siguiente parte se expondr\u00e1n m\u00e1s detalladamente algunas de las t\u00e9cnicas espec\u00edficas m\u00e1s empleadas a estos efectos en EE.UU.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La renovaci\u00f3n urbana en EE.UU. (I) Sof\u00eda Simou Instituto de Derecho Local-UAM Una exposici\u00f3n sistem\u00e1tica pero a la vez sint\u00e9tica de las t\u00e9cnicas de renovaci\u00f3n urbana m\u00e1s empleadas en Estados&hellip; <a class=\"continue\" href=\"https:\/\/www.idluam.org\/blog\/la-renovacion-urbana-en-ee-uu-sofia-simou\/\">Seguir Leyendo<span> La renovaci\u00f3n urbana en EE.UU. 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