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Jurisprudencia

TS – Segregación municipal

STS 213/2019. Es conforme a derecho la segregación de una parte del término municipal de Andilla y su agregación a Higueruelas, dada la confusión de núcleos de población.

STS 213/2019, de 21 de febrero. El Ayuntamiento de Andilla recurre en casación la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que desestima su recurso contra el Decreto del Consejo de la Generalidad Valenciana que aprueba la segregación de parte del término municipal de Andilla y su agregación al de Higueruelas.

El motivo por el que se procedió a la segregación y agregación es por concurrir una confusión de núcleos de población entre una parte de Andilla e Higueruelas. Si bien el casco urbano de Andilla se encuentra muy lejos del territorio segregado, y su conexión es difícil dada la orografía del terreno, el casco urbano de Higueruelas se encuentra ligado sin solución de continuidad al pequeño núcleo situado en el territorio segregado, de modo que los vecinos lo son administrativamente de Andilla, pero realmente de Higueruela.

El Ayuntamiento de Andilla discute que la confusión se haya realizado en todo el terreno segregado. El Tribunal Supremo rechaza la impugnación de la sentencia de instancia, que aprecia confusión en todo el terreno. De esta forma, es el Ayuntamiento de Higueruelas quien viene prestando los servicios urbanísticos obligatorios sin contraprestación alguna, mientras los residentes de la parte segregada deben realizar sus gestiones con un Ayuntamiento situado a 20 kilómetros de distancia. De igual forma, la ordenación urbana del núcleo confundido debe realizarse por el Ayuntamiento de Higueruelas teniendo en cuenta el territorio segregado.

El Tribunal Supremo falla desestimando el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Andilla.

Texto completo en CENDOJ (Roj: STS 568/2019 – ECLI: ES:TS:2019:568).