Jurisprudencia

TS – Concesiones

STS 180/2020. Anulada la adjudicación de una concesión, los tribunales no pueden ordenar una nueva adjudicación a favor del candidato que quedó segundo.

STS 180/2020, de 12 de febrero. Dos particulares que concurrieron a un concurso para la adjudicación de una concesión demanial (explotación de la zona varada del Puerto de Santa Pola) interponen recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que estimó parcialmente su recurso contencioso-administrativo. Éste se dirigía contra la desestimación presunta de su impugnación de la adjudicación a favor de otro concurrente.

El TSJ estimó parcialmente el recurso y anuló la adjudicación. No obstante, rechazó ordenar una nueva adjudicación a favor de los recurrentes, que habían quedado segundos, pues la anulación de la adjudicación afectaba al reparto de puntuaciones. De esta forma, acceder a lo solicitado por los recurrentes supondría que el órgano judicial sustituya la valoración del administrativo.

El Tribunal Supremo confirma el criterio del TSJ. Rechaza que en nuestro ordenamiento subsista la distinción entre subasta y concurso tras la aprobación de la Ley de Contratos del Sector Público de 2007. Y reitera su jurisprudencia sobre la discrecionalidad técnica de la Administración, cuyas decisiones sólo son controlables en lo que se refiere a sus elementos reglados y al error ostensible o manifiesto. Y recuerda también que el art. 71.2 LJCA impide al tribunal determinar el contenido de un acto discrecional, como es esta adjudicación.

Por todo ello, el TS desestima el recurso de casación planteado contra la sentencia del TSJ.

Texto completo en CENDOJ (Roj: STS 437/2020 – ECLI: ES:TS:2020:437).